TESTIMONIO: VISTO: La necesidad de organizar en el Partido de Balcarce el control de las cotorras, declaradas Plaga de la Agricultura en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires en cumplimiento de las Leyes Nacionales, y CONSIDERANDO: Que para organizar las acciones, es necesario la creación de un Ente que tenga como objeto el control de la Plaga de las Cotorras en el Partido de Balcarce. Que para la puesta en marcha de esta iniciativa deben generarse los mecanismos que permitan la obtención de los fondos que garanticen el normal desarrollo del citado emprendimiento. Que en tal sentido de lo expuesto en los considerandos anteriores, los representantes del sector rural se han expresado claramente respecto de la necesidad de efectuar un control urgente de las cotorras en el distrito. Que de manera individual cada entidad representativa del sector agropecuario se ha manifestado de manera coincidente respecto de la creación del Ente como así también lo han hecho respecto de la forma de obtener los fondos. Que las propias entidades han coincidido en la creación de una Tasa destinada a financiar las tareas que demande la entidad a crearse para el Control de la Plaga de las Cotorras en el Partido de Balcarce. Que resulta un hecho digno de ser destacado que los representantes de los contribuyentes manifiesten su intención de realizar una contribución adicional sobre todas las tierras que tributen la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, destinada a financiar el funcionamiento de los mecanismos antes mencionados. Que dentro del marco de lo antes expuesto, se han expresado y forma parte de los antecedentes tenidos en cuenta por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, las entidades y organismos vinculados con el sector agropecuarios tales como: Cooperativa Agrícola General Pueyrredón Limitada, Federación Agraria Argentina - Filial Balcarce-, Sociedad Rural de Balcarce, Asociación de Productores Agropecuarios del Sudeste de la Provincia de Buenos Aires (A.P.A.S.), Cooperativa Agraria Limitada de San Agustín, Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Mar del Plata y la EEA INTA Balcarce. Que ante la demanda, con la representatividad expuesta, sumada a la voluntad del sector de realizar un esfuerzo económico adicional que se liquidar y cobrar conjuntamente con la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, no pueden permanecer indiferentes. Que se han realizado todas las evaluaciones posibles tendientes a establecer un incremento en la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, que resulte accesible a la totalidad de los productores y que garantice un resultado acorde a las expectativas de los sectores interesados. Que con la Tasa extraordinaria a crearse se presume el control de aproximadamente 25.000 nidos, cantidad esta que sólo podrá ser comprobada una vez finalizada la tarea, por lo que de constatarse la existencia de una mayor cantidad de nidos, es menester dotar a la entidad ejecutora de la campaña de recursos adicionales que percibir en forma directa de los beneficiarios. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 18/97 (Preparatoria) -------------------------------------------- ARTICULO 1.- Créase una Contribución Especial Extraordinaria y por ------------ única vez, de veinticinco centavos ($ 0,25) por hectárea y por año, sobre todas las tierras que tributen la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, la que estará afectada exclusivamente al Control de la Plaga de las Cotorras del Partido de Balcarce y se liquidará conjuntamente con dicha Tasa de acuerdo con las condiciones y oportunidades que establezca la reglamentación.-------------------------------------- ARTICULO 2.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ------------ suscribir, en nombre de la Municipalidad de Balcarce, un convenio para la efectiva prestación del servicio, con una entidad sin fines de lucro a crearse que tenga como objeto social exclusivo el Control de la Plaga de las Cotorras en el Partido de Balcarce. La constitución y funcionamiento de la entidad a crearse se regirá por las normas y disposiciones que a tal efecto fija la Dirección de Sanidad Vegetal del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.----------------------------------------- ARTICULO 3.- Facúltase a la entidad a crearse, en caso que ------------ existieran razones debidamente justificadas, a percibir en forma directa de los beneficiarios una retribución de hasta un peso por nido de cotorra tratado y erradicado. Se entiende como motivo justificado para la percepción de este precio adicional, la existencia en el Partido de Balcarce de una cantidad superior de nidos de los que puedan ser erradicados con los fondos asignados por la Contribución Especial creada por esta ordenanza.- En caso de percibiese adicional y constatarse, un vez finalizado el trabajo, que tales montos resultan total o parcialmente excedentes, la entidad a crearse deberá entregar los mismos a la Municipalidad de Balcarce, para ser acreditados en la cuenta de la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, de los contribuyentes que hubieren abonado tales aportes.----------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a incorporar al ------------ texto de la ordenanza Fiscal e Impositiva del presente ejercicio, los artículos pertinentes que corresponden a la presente ordenanza.------------------------------------------------ ARTICULO 5.- La Tasa creada se pondrá al cobro a partir de la ------------ cuota que se emita inmediatamente después de promulgada la correspondiente Ordenanza Definitiva.---------------- ARTICULO 6.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete. FIRMADO: Carlos A. Erreguerena PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-------------------------